Ayuntamiento de Torrejón el Rubio

Provincia de Cáceres- P.N. de Monfragüe

En el siglo XVIII hay una revolución total dado que existe numerosa documetnación y testimonios de la época que nos aproximan muy certeramente al método de vida de nuestros antepasados. El Catastro del Marqués de la Ensenada (1753), el viaje de Antonio Ponz (1785), la Visita de la Real Audiencia de Extremadura (1791), entre otros nos narran la dureza de una vida sin apenas recursos, sin terrenos comunales, con unos señores ociosos e intransigentes y la abundante caza de conejos. 

Si la historia de las centurias anteriores la historia la protagonizaban los sucesivos señores y sus diversas andanzas, en el siglo XVIII disponemos de una gran cantidad de documentación que nos facilita enormemente acercarnos, por primera vez en esta apartado, a las condiciones de vida de los habitantes de Torrejón el Rubio. Si, sobre todo durante el siglo XV, XVI y principios del siglo XVII, lo señores pusieron un especial cuidado en las construcciones más notables y su mantenimiento, en el siglo XVIII comienza una decadencia por parte de los Condes de Torrejón, que viven en Madrid y cuya única preocupación sobre la población es para cobrar. Resulta más que curioso que Antonio María Pantoja y Portacarrero Carvajal, al que otorgó “grandeza de España” en 1764, tenía, según el Catastro de la Ensenada, totalmente embargadas sus ingresos por parte de la Chancillería de Valladolid por sus numerosas deudas y pleitos.

Precisamente, es el Catastro de la Ensenada, el gran primer foco documental sobre Torrejón el Rubio. El cuestionario es redactado el 24 día abril de 1753. Se reúnen en el mesón del Sr. Pedro Molino Falcón, recaudador de impuestos en Extremadura. El encargado de redactar el acta es el sacerdote Francisco González Blanco y el resto de personas encargadas de aportar datos son: Pedro Melchor, alcalde mayor, Pedro Martín del Amo, Alcalde ordinario, Lorenzo González, de don Gil, Joseph Izquierdo de Solís, Escribano, Juan Melchor, Antonio Benito, Diego de “Abila”. Estos son los encargados de explicar los datos más significativos de la época.

La población está compuesta en esa época por 138 vecinos, de los que 15 son viudas, 5 menores y 3 soldados de la milicia y el resto matrimonios o mozos con casa abiertas. Hay 106 casas en buen estado y una inhabitable, el hospital. La estructura productiva está basada en la apicultura, en el aprovechamiento ganadero y en la siembra de cereales. Es curioso que en esa época, en Torrejón, no hay ovejas. Hay censadas cabras, chivos y machos de las primeras, vacas y becerros y “zerdos y zerdas”. No existen tierras comunales, salvo “unas senaras”, que se pueden aprovechar en las dehesas, menos en el Baldío Real y Don Gil. Este documento, de gran interés social, merece un estudio más detallado que se emprenderá próximamente.

Junto con este documento el otro fundamental es la Interrogatorio de la Visita de la Real Audiencia de Extremadura. Carlos IV funda la Real Audiencia de Extremadura con el propósito de quitar carga de trabajo a las chancillerías existentes, la de Valladolid y la de Granada, claramente colapsadas. Para conocer el estado de la situación ser realizan una serie de cuestionarios a los municipios que esto deben responder. Después, el juez asignando a cada partido judicial se encargaría de poner “reparos” a las respuestas sesgadas de cada una de las localidades.

El documento sobre Torrejón el Rubio está fechado el 20 de marzo de 1791. Las respuestas las efectúan los señores Pedro López, Manuel Torres, Juan del Castillo. Antonio del Amo, Pedro Fernández Mingo, Francisco Liviano y Diego Aponte. De las numerosas afirmaciones existentes podemos sacar varias conclusiones. En primer lugar que la Condesa de Torrejón, María Blasa Pantoja y Bellvís de Moncada, viuda del Marqués de Villagarcía, es la dueña de hasta “las texas”, como dice el Magistrado en los reparos que realiza sobre las respuestas dado por los citados anteriormente. Uno de los principales aspectos es la miseria con la que vivía los torrejoniegos de la época, sin posibilidades de trabajar la tierra porque estaba en manos del condado. Hasta 8 dehesas dependían de ella. Los terrenos baldíos, aquellos que podían utilizar la gente para el cultivo o el ganado, eran manejados al antojo por el administrador del estado, es decir, el representante del Condado en la zona. Era tal el descaro de este personaje que intentaba por todos los medios apoderarse de distintos baldíos a través de subterfugios y engaños.

Es una época de intensa conflictividad social. Existen varios pleitos muy importantes. Uno de ellos es por un motín sucedido el día 1 de enero de 1789, que en esa época andaba en juicios en la Real Chancillería de Valladolid. Varios vecinos fueron arrestados y encarcelados por rebelarse por los tejemanejes del cura, del escribano y del administrador del estado. El primero, el cura de la época, tuvo varios asuntos espinosos. Uno de ellos fue suspender todos los actos relacionados con San Miguel, incluida su misa y su procesión, porque no le dejaban desde la Chancillería de Granada administrar el dinero de la cofradía. Hasta que no se lo permitieron no volvió a realizar estos oficios. Resulta curioso que, en aquella época, todas las cofradías tenían un importante volumen económico, además de propiedades y ganado. El magistrado Melchor Baladre concluye lapidariamente: “La despoblazion, la miseria de este lugar dimana de que los vecinos no tienen propiedad, el señor es dueño de todo el terreno, no les dota como debiera, a lo menos bajo de canones o pensiones concede el disfrute a los estraños y priba de el a sus mismos vasallos, asi ni pueden criar ni fomentarse un establecimiento, ellos subsisten miserablemente de las laborcillas que hacen y la mayor parte del año por falta de otra ocupazion interesante muchos de ellos andan a caza de conejos; si logran como es regular los valdios que pretenden, se les debe repartir por fuerza, digo por fuerza, pues de lo contrario quedaran comunes tan incultos como antes y sujetos a los malos manejos. No se cuida bien de los montes. Ocho dehesas tiene el dueño y los vezinos aun no tienen un palmo de tierra, por que no los ha de dotar en ellas, ¿como puede permitirse que en medio de tan excelentes y dilatados terrenos vivan los ganados, se disminuyan y mueran de necesidad los hombres? Quanto ai que remediar en esto, que dureza, que inconsiderazion la de los señores sin adbertir que repartida la tierra bajo moderadas pensiones les produziria bien cultibada mucho mas y tendrian la gloria de socorrer, multiplicar y hazer felizes a sus vasallos."”

La situación del poblado de las Corchuelas es aún peor, tal y como describe el mismo magistrado: Con sangre devia describirse la infeliz constitucion de esta villa, victima del dominio feudal del Conde de la Oliva, señor de ella, lo es de todo el territorio que mantiene inculto, queriendo mas le aviten y disfruten los ganados mes tenos que el que se pueble con basallos utiles, a ninguno permite tomar un palmo de terreno, las labores que les da son por terrazgos escesivos, son tratados con la mayor dureza y el sistema se dirije a obligarlos a abandonar la poblacion, cuya conservacion es de la mayor importancia por set transito de una carrera publica, sin la qual subcederian en aquel terreno montuoso, aspero y quebrado mil insultos. No hai pueblo tan infeliz en el reyno, se quejò a el Rey de su opresion y estorsiones, se paso el recurso a el Consejo que dio comision a el difunto alcalde mayor de Plasencia Don N. Barberi, que sacrifico a estos infelizes a el poder y que se yo si a la corrupcion informando contra ellos y de resultas se le condeno en costas y el Conde executorio la libertad de oprimirlos. Quantos de estos sacrificios hai en el reino, la verdad y el zelo me obligan a hablar de este modo, pueden si parece tomarse informes y se hallara que es mayor el mal de lo que aqui se dice y que es indispensable protejer esta poblacion, obligando a el dueño a dotarla en comun y en particular para que los vecinos se multipliquen y arraiguen. No puede permitirse que hallandose poblado casi todo el termino de azebuches ocupen inutilmente la tierra, quando ingertados pudieran ser de tanta utilidad.”

Podemos, por lo tanto afirmar, que la situación de la población en el siglo XVIII roza la esclavitud por parte de los vecinos respectos a sus señores, con un gran desamparo por parte de las autoridades. Hay además, una común características de los señores de la zona: la total indiferencia respecto a la zona, una indiferencia que sólo se olvidaba a la hora de cobrar. Los dueños reales eran los administradores y curas, que hacían lo que querían con total impunidad.

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